En este 6 de Diciembre, la AEHRC desea participar en la conmemoración del 45 aniversario de la Constitución Española de 1978.
Para ello nos gustaría recordar la importancia del Artículo 16 de la misma:
- Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
- Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
- Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Aunque artículo incluye un trato especial a la Iglesia Católica, cabe destacar la importante declaración de la libertad religiosa y la aconfesionalidad del Estado, ambos importantes pilares de la fundación y el mantenimiento de la convivencia democrática.
El proyecto «Religión en transición. El factor religioso en la construcción de la democracia española (1968-1992)» (PID2022-139462NB-I00), financiado por AEI/MICIN y FEDER, dirigido por el profesor Julio de la Cueva Merino (UCLM), y al cual pertenecen numerosos miembros de la Asociación, tiene por objetivo evaluar estas temáticas, además de repensar críticamente el factor religioso en el tardo-franquismo, la transición y los primeros años de democracia.
Os dejamos un par de enlaces relevantes al respecto:
1. Archivo de la Transición, con interesante documentación sobre la Iglesia y los movimientos cristianos de base:
2- Un recuento escrito por Fernando Amérigo Cuervo-Arango, sobre «El largo camino al pleno reconocimiento de la libertad religiosa en España»:


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